Calibración de Equipos Médicos considerados instrumentos de medición

Rcalibracion de tensiometros manometrosealizamos servicio de Calibración de equipos médicos considerados instrumentos de medición con laboratorio acreditado ante la ONAC, con una previa verificación de los instrumentos con el fin de evaluar si el equipo esta en condiciones de sen enviado al laboratorio, evitando sobre costos en el proceso de calibración.

 

Equipos en Backup

En la calibración podemos prestar los equipos para que las instituciones tengan equipos de respaldo para poder mitigar la afectación en el servicio en la calibración de equipos.

CALIBRACION BASCULAS PARA HOSPITAL COLOMBIA

Síntesis de la Calibraciones en Clínicas y Hospitales

En primer lugar calibramos equipos médicos considerados instrumentos de medición, de hecho también hacemos calibraciones a equipos médicos con el fin de dar cumplimiento al criterio de habilitación de la resolución 2003 de 2014 pagina 26 Realiza el mantenimiento de los equipos biomédicos eléctricos o mecánicos, con sujeción a un programa de revisiones periódicas de carácter preventivo y calibración de equipos, cumpliendo con los requisitos e indicaciones dadas por los fabricantes y con los controles de calidad de uso corriente, en los equipos que aplique. Lo anterior estará consignado en la hoja de vida del equipo, con el mantenimiento correctivo. “

El ministerio de comercio, industria y turismo publico el DECRETO 1471 DEL 5 DE AGOSTO DE 2014 donde “por el cual se reorganiza el Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica el Decreto 2269 de 1993″ y complementado por el DECRETO 1074 DEL 26 DE MAYO DE 2015 donde “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.» En estos establece  que son provedores de servico de calibración aquellos laboratorios que demustren la competencia mediante un certificado de acreditación en la norma 17026 expedido por el Organismo Nacional de Acreditación en Colombia.

Definiciones en Calibración

Dando cumplimiento al decreto 1595 del 5 agosto del 2015 Artículo 2.2.1.7.12.2 mediante el Artículo .7.2.1.  que cita en las Definiciones 40 y 43 sobre laboratorio de calibración e instrumentos de medición **, los cuales requieren ser calibrados por laboratorios acreditados.

 **43. Laboratorio de calibración. Laboratorio reúne la competencia e idoneidad técnica, logística y de personal. Determina la aptitud o el funcionamiento de instrumentos de medición.

40. lnstrumento de medición. Dispositivo utilizado para realizar mediciones, solo o asociado a uno o varios dispositivos suplementarios.